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¿Cuáles son los gastos más habituales que pueden deducirse los autónomos en el IRPF?

¿Cuáles son los gastos más habituales que pueden deducirse los autónomos en el IRPF? avalora consultores

¿Cuáles son los gastos más habituales que pueden deducirse los autónomos en el IRPF?

Conociendo los requisitos generales para la deducción de los gastos podemos conocer mejor cuáles son los gastos más habituales.

  • Consumos de explotación: Compras de mercaderías, materias primas y auxiliares, combustibles, envases, embalajes o cualquier otra adquisición corriente de bienes efectuada a terceros.
  • Sueldos , salarios y gastos del personal.
  • Las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes al titular de la explotación como la de sus empleados
  • Los alquileres de bienes muebles o inmuebles, las cuotas de arrendamiento financiero que no tengan por objeto terrenos y otro activo no amortizable, cantidades satisfechas por uso de patentes o marcas.
  • Gastos de reparaciones y conservación por el mantenimiento y/o adaptación de los bienes materiales (que no impliquen una ampliación o mejora).
  • Gastos por servicios de profesionales independientes externos en el marco de su actividad.
  • Cantidades abonadas en impuestos como el IBI o el IAE, tributos y recargos no estatales, tasas, recargos y contribuciones estatales no repercutibles legalmente.
  • Gatos financieros derivados del uso de recursos financieros de terceros para financiar las actividades de la empresa o sus elementos de activo.
  • Amortizaciones de inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias que corresponden a la depreciación efectiva de los distintos elementos por su uso, funcionamiento, disfrute u obsolescencia.
  • Contribuciones para la cobertura de contingencias análogas a las de los planes de pensiones.
  • Incentivos al mecenazgo
  • Pérdidas por el deterioro de los créditos que son derivadas de posibles insolvencias de los deudores.
  • Primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él.
  • La asistencia a cursos o conferencias, suscripciones a revistas profesionales o cuotas satisfechas a corporaciones.

En Avalora Consultores contamos con un equipo cualificado para asesorarte en los gastos deducibles en el IRPF y explicarte las diferentes condiciones que debes tener en cuenta.

Fuente: Iberley