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¿Sabes que comienza la eliminación de la reducción del IVA en algunos alimentos básicos temporalmente?

¿Sabes que comienza la eliminación de la reducción del IVA en algunos alimentos básicos temporalmente? avalora consultores

¿Sabes que comienza la eliminación de la reducción del IVA en algunos alimentos básicos temporalmente?

Y es que el 1 de octubre ha comenzado esta eliminación paulatina hasta el 31 de diciembre de 2024. ¿Cuáles?

En aceites de semilla y pastas alimenticias se aplicará un tipo de IVA del 7,5% y de recargo de equivalencia del 1%. Entre el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de septiembre se aplicaba un 5% y de recargo del 0,62%.

En otros alimentos se aplica un tipo de IVA del 2% y de recargo del 0,26%, aunque hay que destacar que entre el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de septiembre se aplicaba un 0% y de recargo también un 0%.¿Qué alimentos entran dentro de este grupo?

  • Pan común, masa de pan común congelada y pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  • Harinas panificables.
  • Distintos tipos de leche producida por cualquier especie animal (natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo).
  • Quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales con la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo
  • Aceites de oliva. ¡Ojo! Porque el aceite de oliva desde el 01/01/2025 se somete a un tipo de IVA del 4%

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