Cambia la cotización del preaviso en los despidos objetivos
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha introducido un cambio relevante en el tratamiento de la compensación económica por falta de preaviso en los despidos objetivos.
El nuevo criterio, recogido en el Boletín RED 08/2026, obliga a las empresas a revisar la forma en la que gestionan estas extinciones laborales, ya que la cantidad abonada al trabajador cuando no disfruta del periodo de preaviso pasa a integrarse en la base de cotización.
Aunque el procedimiento del despido objetivo no cambia, sí lo hace el tratamiento de esta compensación a efectos de Seguridad Social.
¿Qué ha cambiado?
En un despido objetivo, la empresa debe respetar el periodo de preaviso establecido legalmente. No obstante, puede optar por extinguir la relación laboral de forma inmediata y compensar económicamente al trabajador por el periodo de preaviso que no llegue a disfrutar.
Hasta ahora, esta cantidad se venía considerando de naturaleza indemnizatoria y, por tanto, quedaba excluida de la cotización.
El nuevo criterio de la TGSS modifica esta interpretación.
La Tesorería considera que la compensación económica correspondiente al periodo de preaviso tiene una naturaleza diferente de la indemnización por despido y debe recibir un tratamiento más próximo al salarial.
Por este motivo, la compensación por la falta de preaviso debe integrarse en la base de cotización.
El despido objetivo no cambia, pero sí su coste
Es importante diferenciar entre el procedimiento del despido y el tratamiento de las cantidades abonadas al trabajador.
La normativa que regula el despido objetivo no cambia. La empresa deberá seguir cumpliendo los requisitos correspondientes y poner a disposición de la persona trabajadora la indemnización legal que proceda.
Lo que cambia es el tratamiento de la cantidad abonada cuando la empresa decide no conceder el periodo de preaviso y lo sustituye por una compensación económica.
Por tanto, determinados despidos objetivos pueden tener ahora un mayor coste para la empresa, al tener que cotizar por esta cantidad.
La compensación pasa a cotizar
La principal consecuencia práctica del nuevo criterio es que, cuando el preaviso sea sustituido por una compensación económica, dicha cantidad deberá incorporarse a la base de cotización de la persona trabajadora.
Además, el Boletín RED 08/2026 establece que el devengo se produce en la fecha de efectos del cese y que, cuando sea necesario, deberán realizarse las correspondientes liquidaciones complementarias.
Esto significa que las empresas que continúen aplicando el criterio anterior pueden generar diferencias de cotización que posteriormente sean reclamadas por la Seguridad Social.
También cambia la comunicación a la TGSS
La modificación no afecta únicamente al cálculo de la cotización.
También cambia la forma en la que estas cantidades deben comunicarse a través del Sistema RED.
El concepto retributivo CRA 0054 pasa a denominarse:
“INDEM. DESPIDO/CANTIDADES FALTA PREAVISO”
Por tanto, las empresas y profesionales encargados de la gestión laboral deben revisar que sus programas de nómina y procedimientos internos estén actualizados y permitan comunicar correctamente estas cantidades.
No basta con calcular bien la cotización: también es necesario utilizar el concepto retributivo correspondiente en las comunicaciones a la TGSS.
¿Qué deberían revisar las empresas?
Ante este cambio de criterio, resulta recomendable revisar los procedimientos internos utilizados para gestionar los despidos objetivos.
Antes de tramitar una extinción, conviene comprobar:
- Si el trabajador va a disfrutar efectivamente del periodo de preaviso.
- Si el preaviso será sustituido por una compensación económica.
- Cómo debe reflejarse dicha cantidad en la nómina.
- Su incidencia en la base de cotización.
- Si procede realizar una liquidación complementaria.
- Que la comunicación a la TGSS se realiza mediante el concepto retributivo correcto.
- Que el programa de nóminas está actualizado conforme al nuevo criterio.
Una revisión previa puede ayudar a reducir errores y evitar posteriores incidencias con la Seguridad Social.
Un cambio que afecta a la gestión laboral diaria
La modificación introducida por la TGSS no supone un cambio en la regulación del despido objetivo, pero sí representa una novedad importante en la gestión de las extinciones laborales.
La inclusión de la compensación por falta de preaviso en la base de cotización puede incrementar el coste de determinados despidos y obliga a adaptar los procesos relacionados con nóminas, seguros sociales y comunicaciones a la Administración.
Por ello, es recomendable que las empresas revisen cuanto antes sus protocolos internos y programas de nómina para asegurar que están aplicando correctamente las instrucciones recogidas en el Boletín RED 08/2026.
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