¡ATENCIÓN! ¡Llega el calendario fin de año de las declaraciones censales, regímenes especiales, SII y otras opciones!
¡Toma nota de estas importantes fechas!
- Sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido hasta el 31/12/2024 se podrá realizar
- Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2025 y sucesivos.
- Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2025 y 2026.
- Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades.
- Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades.
- Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades.
- Sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, hasta el 31/12/2024 se podrá realizar la Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2025 y sucesivos.
- Sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas en diciembre se podrán realizar:
- Declaración de alta en el IAE para contribuyentes que vengan aplicando alguna exención del impuesto y dejen de cumplir los requisitos.
- Declaración de baja en el IAE para sujetos pasivos que en 2025 queden exonerados de tributar por este impuesto porque apliquen alguna de sus exenciones.
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Fuente: La Ley