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Novedades contractuales tras la Reforma Laboral

 

 

 

Tras la ajustada votación que aprobó la Reforma Laboral desde AVALORA CONSULTORES nos interesa explicarte con claridad los principales cambios a partir de ahora en materia laboral.

Os indicaremos algunas de las novedades más importantes que introduce esta ley:

 

CONTRATOS INDEFINIDOS

A partir de ahora los contratos indefinidos serán protagonistas, se elimina el contrato temporal por obra y servicio y, a partir de ahora, los contratos temporales deberán responder a causas muy concretas, como sustituciones o circunstancias de la producción.

Un trabajador con un contrato temporal en una misma empresa 18 de 24 meses da igual seguidos o no, da igual si en diferentes puestos, pasará a ser indefinido.

Además las sanciones pueden llegar a los 10.000 euros por cada trabajador temporal fraudulento. El incumplimiento de las normas de contratación temporal implica que el trabajador sea considerado indefinido.

 

CONTRATOS TEMPORALES

Para poder contratar bajo esta modalidad se deberán cumplir unos supuestos muy concretos y por causas muy justificadas. Desde el 31 de diciembre de 2021, se refuerza la previsión legal de que todos los contratos se presumen concertados por tiempo indefinido.

Los únicos dos modelos de contratos temporales tras la reforma son:

  1. Contrato temporal por circunstancias de la producción
  • por circunstancias imprevisibles, que generen un desajuste temporal entre la plantilla disponible y la que se requiere. Las empresas podrán usar este tipo de contratos un máximo de 6 meses o 1 año si el convenio lo permite.
  • por circunstancias previsibles, en este caso las empresas pueden usar este tipo de contratos un máximo de 90 días no continuados en el año natural. Ejemplos claros son campañas de navidad o recogida de frutas.

 

  1. Contrato temporal de sustitución

Este tipo de contrato viene a corresponder al antiguamente llamado “de interinidad”, y se podrá aplicar en los siguientes casos:

  • Sustituir a un empleado con derecho a reserva de puesto de trabajo, en cuyo caso podrá anticiparse el contrato hasta 15 días antes de ausentarse la persona a sustituir.
  • Cubrir de manera temporal un puesto de trabajo en el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo. En este caso su duración no podría ser de más de 3 meses.
  • Completar la jornada reducida por otro trabajador de la empresa.

 

CONTRATOS DE FORMACIÓN

  1. De alternancia:

Trabajadores que estudien y trabajen menores de 30 años y periodo máximo de 24 meses. Su jornada el primer año no podrá superar el 65% de horas y como mínimo el 60% del convenio y el segundo año podrá trabajar como máximo el 85% de las horas cobrando como mínimo el 75%.

  1. Prácticas profesionales

Se puede realizar una vez finalizada la formación durante los siguientes tres años, estando retribuido con un salario según lo indicado en el convenio. Asimismo, tendrá una duración de seis meses a un año.

 

REFORMA DE LOS ERTE

Tras la reforma a los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor se añadirán ciertas características ya incluidas en los ERTE por COVID-19. En especial, señalamos que las empresas en ERTE deberán mantener a los trabajadores afectados durante los seis meses siguientes a la finalización del expediente,  de no ocurrir esto tendrán que devolver las cotizaciones exoneradas.

 

  • En AVALORA CONSULTORES muchos clientes nos preguntan:

¿Y qué ocurre con las empresas que tenemos muchos trabajadores en diferentes sectores? Antes de la reforma los salarios los marcaba el convenio de la propia empresa, sin embargo, ahora los salarios estarán regulados por los convenios individuales de cada sector.

¿Y si se nos caduca el convenio?  Pues bien, un año desde la denuncia del convenio colectivo y si las partes no han conseguido acuerdo seguirá vigente el anterior convenio hasta que se apruebe uno nuevo.

 

Con todo ello hemos tratado de aclararte las principales novedades aprobadas en la reciente Reforma Laboral. Sin embargo, si tienes alguna duda o necesitas asesoramiento personalizado en AVALORA CONSULTORES disponemos de los mejores profesionales. Llamanos al 987 241 424 y concierta una cita, estaremos encantados de ayudarte.