¡Novedades en la autoliquidación rectificativa y los nuevos tipos impositivos reducidos del IVA!
El actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación es posible que se sustituya por uno único sistema para así con esta presentación del a autoliquidación rectificativa, se podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, sin esperar por una resolución administrativa.
Este nuevo modelo podrá ser ya aplicable a autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelo 303, de septiembre para los sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual, y correspondientes al tercer trimestre de 2024 para los sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral.
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Fuente: La Ley