Las medidas fiscales que vuelven en 2026: análisis del RDL 2/2026
La aprobación del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, responde a una situación excepcional: la no convalidación parlamentaria de un decreto previo que contenía medidas fiscales relevantes. El resultado fue un vacío normativo en pleno inicio de ejercicio. La solución adoptada ha sido continuista: recuperar incentivos, prorrogar límites y evitar incrementos indirectos de la carga tributaria.
IRPF
- Prórroga del régimen de módulos.
- Se mantiene en 2026 el método de estimación objetiva, conservando los límites de ingresos, compras y operaciones con obligación de factura.
- No se amplía el régimen, pero se evita una salida automática motivada por la inflación.
Renuncias y revocaciones extraordinarias
Se validan renuncias y revocaciones presentadas en diciembre de 2025 y se habilita un nuevo plazo extraordinario en febrero de 2026 para modificarlas. Una medida poco habitual que permite corregir decisiones adoptadas en un contexto de inseguridad normativa.
Incentivos a la movilidad eléctrica
Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 la deducción por adquisición de vehículos eléctricos “enchufables”, de pila de combustible y por instalación de puntos de recarga. La continuidad permite planificar inversiones con mayor seguridad temporal.
Obras de eficiencia energética
- Viviendas individuales: obras hasta 31-12-2026.
- Edificios residenciales: deducción ampliada hasta 31-12-2027.
Sin certificado energético válido y dentro de plazo, no hay deducción posible.
Imputación de rentas inmobiliarias
Se mantiene el porcentaje reducido del 1,1 %, evitando incrementos automáticos en inmuebles no arrendados.
Exenciones por catástrofes
Determinadas ayudas vinculadas a incendios, DANA y emergencias de protección civil quedan exentas, siempre que cumplan requisitos específicos.
Impuesto sobre Sociedades
Libertad de amortización en energías renovables
Se prorroga para inversiones en autoconsumo renovable que sustituyan sistemas fósiles y estén afectas a la actividad económica. Permite anticipar fiscalmente el gasto y mejorar liquidez.
Vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga
También se mantiene la libertad de amortización, siempre que exista afectación real a la actividad.
IVA
- Regímenes simplificado y agrario
- Se prorrogan los límites, evitando salidas automáticas que habrían incrementado obligaciones formales.
- Operador confiable en hidrocarburos
- Se reduce a 500 millones de litros el volumen mínimo de extracciones exigido.
- No desaparecen los requisitos de solvencia y trayectoria.
SII y REDEME
Se habilitan mecanismos excepcionales para renunciar al SII y solicitar la baja en el REDEME durante 2026.
Medidas mercantiles con impacto fiscal
Se prorroga la suspensión de la causa de disolución por pérdidas (excluyendo 2020 y 2021) hasta el cierre del ejercicio iniciado en 2026.
Ignorar esta prórroga puede provocar decisiones societarias precipitadas con efectos fiscales indeseados.
Lo que no vuelve
- No se actualizan los coeficientes del IIVTNU.
- No se reincorporan determinadas reformas estructurales en fiscalidad local.
Las ausencias normativas también forman parte de la planificación.
Entrada en vigor
El RDL 2/2026 está en vigor desde el 5 de febrero de 2026, pendiente de convalidación parlamentaria en el plazo de treinta días. En un entorno de cambios y ajustes normativos, la prudencia y el análisis individualizado son esenciales. Para cualquier duda o aclaración, pueden ponerse en contacto con nuestro despacho profesional. Estaremos encantados de asesorarle.